Poderes
Un poder es un documento por el que una persona concede a otra la posibilidad de representarlo (actuar a nombre del que lo otorga) en ciertos asuntos específicos o en una generalidad de ellos. Los poderes son herramientas esenciales para delegar responsabilidades y cualquier clase de encargo o encomienda legal.
El que otorga el poder se llama poderdante y a quien se autoriza apoderado.
Los poderes pueden ser generales, esto es, para varios asuntos indeterminados, o especiales, que son para casos precisos y determinados.
Poderes Generales.
Son tres los tipos de poderes generales: para pleitos y cobranzas, para actos de administración y para actos de dominio. Estas clase de poderes conceden una autoridad amplia para realizar diversas acciones en nombre del poderdante. Puede abarcar una variedad de asuntos legales y financieros, según los términos especificados en el poder
Pleitos y Cobranzas.
Es poder se utiliza para acudir a nombre de la persona que lo otorga en todo tipo de juicios, así como para recabar y recibir pagos de adeudos. Con este documento se puede comparecer ante los tribunales en nombre de la persona que debe participar en el asunto.
Poder para administrar bienes.
Este poder se utiliza para realizar negocios que no impliquen disposición de los bienes o afectación a las propiedades del que lo otorga. Sirve para acudir ante ciertos tipos de autoridad no judicial o entre otras cosas, efectuar arrendamientos.
Poder para Actos de Dominio:
Este tipo de poder permite al apoderado disponer de los bienes en nombre del poderdante, como vender, donar o hipotecar propiedades.
Poder Especial:
Limita la autoridad del apoderado a acciones específicas o a un ámbito particular. Es utilizado cuando se desea otorgar facultades precisas y estas deben establecerse claramente. Son convenientes si no se quiere conceder un poder general.
Documentación requerida:
Del poderdante persona física:
- Identificación oficial con fotografía vigente (INE, Pasaporte, Licencia de Conducir).
- Acta de Nacimiento.
- Constancia de situación fiscal actualizada (no puede estar suspendido).
- Constancia del CURP.
Del poderdante persona moral:
- Escritura constitutiva.
- Poder que acredite al representante.
- Constancia de situación fiscal de la persona moral.
Revocación de Poderes
La revocación de poderes es el acto mediante el cual una persona (poderdante) retira o cancela los poderes otorgados previamente a otra persona (apoderado). Este proceso puede ser necesario por diversas razones, como cambios en la relación entre las partes, pérdida de confianza o cumplimiento de la finalidad para la cual se otorgó el poder.
Documentación requerida:
La misma que para los poderes.